ART1.- garantizar mediantes mecanismos legales el
respeto de derechos tratados para darle una mejor calidad de vida a los adultos
mayores, mayores de 60 años
ART3.- se considera la igualdad de oportunidades, así como que el adulto
mayore reciba apoyo familiar y social tales como el que el adulto mayor pueda
acceder a programas de educación
capacitación o que también acceda a los servicios de salud, para garantizarle
una buena calidad de vida.
ART4.- el estado debe
promover medidas administrativas legislativas para proteger y salvaguardar los
derechos del adulto mayor.
ART7.- el adulto
mayor tendrá beneficios tales como: todo tipo de transporte aéro, marítimo,
colectivo, atención en centros hospitalarios para realizarse exámenes pruebas
etc.
Entre otros los centros integrales de atención al adulto
mayor(CIAM) recibe a todas aquellas
personas que decidan participar de sus programas. Realizan actividades de
carácter recreativos e integrativo. Prevenir problemas de salud y otros
problemas que afecten al adulto mayor.
ART 10.- MINDES en
coordinación con las municipalidades y
otros organismos públicos, desarrollan programas de educación para apersonas
adultas mayores, de manera que puedan crear microempresas.
ART11.- Todas las
actividades culturales y deportivas tienen como fin mantener el bienestar
físico, afectivo y mental del adulto mayor.
ART12 y 13.- las
municipalidades deben ofrecer que los
establecimientos públicos puedan también estar aptos para el desplazamiento de
las personas adultas mayores.
Los vehículos de
transporte público también deberán contar con equipos y accesorios adecuados u
alguna otra medida de seguridad para los adultos mayores.
ART14.- en caso de
indigencia situación de riesgo (abandono
familiar etc), el adulto mayor podrá ingresar a algún centro asistencial
publico
No hay comentarios:
Publicar un comentario